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INFORMATIVO IMPORTANTE para la plantilla de ALE-HOP

Compañeras y compañeros de Ale-Hop,

Como sabéis, desde la sección sindical de CNT Barcelona mantenemos un conflicto sindical con la empresa por la gran cantidad de incumplimientos laborales que vienen cometiendo hasta la fecha. Tras numerosas reuniones, DESDE AGOSTO 2020 A MAYO 2021, con Laura Cariñana, responsable de recursos humanos, y tras constatar que por su parte no había ninguna intención de arreglar nada, desde el sindicato se interpuso una demanda de conflicto colectivo por incumplimientos del convenio colectivo en materia de calendario, horarios y vacaciones.

Sabemos que surgen muchas dudas respecto a todo lo que está ocurriendo estos últimos meses: denuncias, demandas, piquetes, represión sindical, etc. A todo esto, se le suma la acción de los cargos intermedios y del propio comité de empresa, que en lugar de arrimar el hombro y hacer piña con los problemas de los trabajadores, toleran y permiten los malos comportamientos de la empresa, tal como han hecho durante todos estos años, en los que ni siquiera han aparecido.

Es importante que comprendáis cómo y por qué se ha llegado a esta situación, y que nuestra intención siempre ha sido dialogar y negociar para arreglar nuestra precaria situación. Pero es difícil negociar cuando la otra parte no quiere reconocer ninguno de sus errores, prefiere seguir manteniendo este sistema laboral chapucero y no reconocer a una representación de trabajadores legalmente constituida.

En la actualidad existen principalmente dos formas de organizarnos colectivamente en las empresas. Una es la más conocida, la unitaria o el comité de empresa, en la que cada cuatro años se vota una lista de trabajadores para que representen al resto. La otra es la representación sindical, en la que los afiliados a un sindicato se organizan dentro de las empresas formando secciones sindicales y representándose a ellos mismos, sin intermediarios. AMBAS SON PERFECTAMENTE LEGALES Y COMPATIBLES ENTRE ELLAS.

La inoperancia y el servilismo mostrado durante todos estos años por parte del primer modelo de representación (el comité de empresa) ha deteriorado enormemente nuestros puestos de trabajo. Este modelo de representación ha consentido que sistemáticamente se incumpla el convenio colectivo firmado por los propios representantes sindicales, y entre otras cosas ha provocado que nunca hayamos podido tener un calendario laboral. Esto último nos lleva a realizar excesos de jornada laboral que después nos se nos pagan, hace que se nos prohíba coger vacaciones los meses por convenio están destinados a descansar, nos obliga a trabajar los domingos y los días festivos cuando legalmente es algo voluntario y a decidir por cada trabajador. Además, tampoco se nos pagan los domingos trabajados, ya que la empresa nos los incluye como parte de nuestra jornada laboral ordinaria, hasta ahora se nos ha impedido coger el día de asuntos propios al que legalmente tenemos derecho, (todos los años que han pasado hemos perdido dicho día) y no se nos paga la primera baja que tenemos durante el año con el 100% de nuestro salario, estafándonos a nosotros y a la Seguridad Social.

Es por todo esto que decidimos organizarnos de otra manera, de una forma más horizontal en la que las decisiones las tomamos entre los trabajadores y no una élite elegida cada 4 años y que ni TODOS LOS TRABAJADORES conocemos y que, ni hasta este año se nos ha consultado nada. En la actualidad, desde CNT tenemos secciones sindicales constituidas en Barcelona y Madrid, además de una sección sindical Confederal de empresa que aglutina a todos los trabajadores.

Para que podáis entender nuestra postura y la reacción de la empresa y el comité ante nuestras demandas, os detallamos a continuación todos los temas tratados con la dirección de Recursos Humanos de Ale-Hop este último año y medio y en qué situación se encuentran.

1- Calendario Laboral

Estuvimos negociando desde septiembre de 2020 hasta febrero de 2021, haciéndoles propuestas y contrapropuestas de un calendario laboral provincial. Como ya sabéis, nunca han tenido la intención de permitir que tengamos un calendario.

Denunciamos este incumplimiento en Inspección de trabajo y ésta confirmó que Ale-Hop está obligada a elaborar un calendario anual que se ajuste a las horas marcadas por el convenio colectivo de lunes a sábado, y sancionó económicamente a la empresa por esta conducta.

Desde la sección sindical ya nos hemos puesto en contacto con Laura Cariñana para elaborar el calendario. Así mismo, también hemos interpuesto una demanda por conflicto colectivo por este mismo hecho, lo cual puede permitir unas reclamaciones económicas. Tenéis que tener clara la importancia de tener un calendario que regule nuestra actividad laboral, ya que al no tenerlo nos ocurre lo siguiente:

– Se superan los límites en cuanto a distribución irregular de jornada que marca la ley (10%).

– La jornada laboral se prolonga de lunes a domingo en lugar de ser de lunes a sábado.

– No podemos disfrutar de los festivos (catorce al año) a los que tenemos derecho.

– Realizamos un exceso de jornada que equivale a 6 días laborales, y por supuesto lo hacemos gratis.

– No se favorece una buena conciliación laboral y familiar.

– No disponemos de nuestras vacaciones entre el 1 de junio y el 31 de septiembre, como está establecido en el convenio.

2- Devolución horas no trabajadas entre el 15 y el 31 de marzo 2020

Como recordaréis, la empresa nos ordenó quedarnos en casa en esas fechas, cuando empezó la pandemia del Covid-19, y luego nos hizo un ERTE. Tras varias reuniones mantenidas con Recursos Humanos, la empresa aceptó la ilegalidad de obligar a los trabajadores a devolver esas horas y se comprometió a que como se decía desde el sindicato, esta devolución era voluntaria.

Pues bien, pese a ser voluntarias a muchos trabajadores se les ha obligado a devolverlas ya que no se les informó de manera correcta que eran de carácter totalmente voluntario. Pues cuando la empresa lo reconoció ya era demasiado tarde para algunos. Y no olvidar que otros compañeros han recortado sus vacaciones para dicha devolución, cosa que es totalmente ilegal, como bien sabe la empresa.

3- Días de asuntos propios

Disponemos de un día de asuntos propios al año. Es un permiso retribuido que tenemos reconocido en nuestro convenio colectivo, y que todos los años anteriores no hemos disfrutado. Es ahora por fin, cuando la empresa lo reconoce, tras todas las reuniones que hemos mantenido. Sólo hay que solicitarlo por escrito, sin justificar para qué vas a usarlo, pues si no se pide, se pierde.

4- Cláusula abusiva en nuestro contrato laboral

En nuestros contratos laborales existe una cláusula que el equipo jurídico de CNT considera una cláusula abusiva que vulnera el convenio colectivo. Es la siguiente:

“-Conforme a las disposiciones legales que regulan la apertura de domingos y festivos, el trabajador/a que firma el presente contrato manifiesta expresamente ACEPTAR trabajar de lunes a domingo, incluidos festivos, con los descansos establecidos legalmente.

-La jornada de trabajo será de 30 horas semanales, de lunes a domingo, distribuidas en turnos rotativos y flexibles (…).”

Tenéis que tener claro que cuando los trabajadores firmamos el contrato laboral, existen ciertos derechos innegociables por ley, y cualquier acuerdo en este sentido será nulo. De esta forma, la prestación laboral en domingo y/o festivo tiene carácter voluntario según el convenio, y la inclusión de esta cláusula de obligatoriedad de trabajar esos días supone la renuncia a derechos de naturaleza indisponible (art. 3.5 ET). Es decir, supone perder unos derechos básicos que, como hemos dicho, son nuestros por ley.

Estas cláusulas en los contratos, al contemplar como una condición normal la posibilidad de que la empresa modifique unilateralmente las condiciones de trabajo entrañan, por una parte, una clara renuncia a los derechos de naturaleza indisponible que se derivan del artículo 41 del ET y, por otra, vulneran la norma de derecho común que prohíbe dejar en manos de una de las partes la validez y cumplimiento de los contratos (art 1256 del código civil).

Por todo esto y tras la negativa de la empresa a eliminar estas cláusulas de los contratos laborales existentes y de los futuros, hemos interpuesto una denuncia en Inspección de Trabajo.

5- Obligatoriedad de trabajar domingos y festivos

Justamente por culpa del hecho de no tener calendario laboral y de incluir en los contratos laborales la cláusula que obliga a los trabajadores a trabajar en domingo, se está vulnerando sistemáticamente el convenio colectivo al imponernos trabajar esos días.

Este tema también ha sido recurrente en las reuniones con Recursos Humanos, y su negativa nos ha llevado a ponerlo en manos de la Inspección de trabajo de Barcelona. Tras varias reuniones con la empresa en Inspección de Trabajo, pudimos constatar que teníamos razón y que por mucho que firmemos o que nos obliguen a ir a trabajar en domingos y festivos, la decisión es nuestra y no suya, ya que es algo que hacemos voluntariamente.

Toda esta controversia nos ha llevado, como sabéis, a solicitar voluntariamente no trabajar en domingos SI NO SE PAGAN COMO INDICA EL CONVENIO (10,78€/h) y menos de forma obligatoria. Pedir este DERECHO nos ha acarreado cambios de centro de trabajo y modificaciones de salario. Ambas cosas están siendo judicializadas y a la espera de solucionarlas satisfactoriamente.

6- Pago de los domingos trabajados

No contentos con obligarnos a ir a trabajar en domingo, encima lo tenemos que hacer gratis. Sí, tenéis que saber que la empresa, junto con el silencio del comité, nos alarga la jornada de lunes a domingo, pagándonos el domingo como si fuera un lunes y no como un festivo tal como marca el convenio.

Esto último también sigue su curso en la Inspección de trabajo de Barcelona, habiendo solicitado que se pague a los trabajadores que lo hayan pedido las cantidades dejadas de percibir el último año. Por supuesto, nuestra intención es que a partir de que salga la resolución, la empresa esté obligada a cumplir el convenio y pagar los domingos trabajados, arriesgándose si no lo cumple a una multa y a indemnizar a los trabajadores.

7- Irregularidades en el salario base

Hemos detectado muchas irregularidades en las nóminas, y una de ellas ha sido que trabajadores con la misma categoría laboral y contratados por el mismo número de horas cobraban salarios base distintos, y además ninguno de esos salarios era el correcto. A unos trabajadores en 2020 se les aplicó el salario base de 2018, y a otros el de 2019.

En esto Ale-Hop ha sido clara: no hay problema porque para eso cobran un plus de mejora voluntaria donde está incluido todo, desde trabajar seis días más al año a no cobrar los domingos o a que no se les aplique el salario base correspondiente al año en curso.

Esto, como os podéis imaginar, genera que trabajadores con la misma categoría, el mismo número de horas trabajadas al mes y también de festivos, cobren salarios diferentes. Hemos encontrado diferencias de hasta 87€ al mes. Todo está denunciado en Inspección de Trabajo.

8- Primera Baja anual

El artículo 41 de nuestro convenio colectivo es muy claro:

“Cuando la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal por primera vez, dentro del año natural, percibirá de la empresa, en todo caso, un complemento a las prestaciones reglamentarias de la Seguridad Social a las que las personas trabajadoras tengan derecho. Este complemento es la diferencia entre la cuantía de la prestación y el 100% de la base reguladora de la persona trabajadora.”

Como sabéis, esto no se está produciendo, y tras la negativa de la empresa a arreglar esta situación a las personas trabajadoras que lo han solicitado, interpusimos una denuncia en Inspección de Trabajo, reuniéndonos con ellos la semana pasada.

9- Reconocimiento de la Sección Sindical

El hecho de no querer reconocernos como el sindicato más representativo en Barcelona por número de afiliados, hace que nos nieguen el derecho que tenemos a que nos descuenten de la nómina nuestras cuotas sindicales. Esto les ha acarreado una importante sanción por parte de Inspección de Trabajo.

9- Comité de Seguridad y Salud

El estrés y la ansiedad que sufrimos por las condiciones que padecemos son obvios y conocidos por todos. En varias ocasiones hemos intentado crear el comité de Seguridad y Salud para tratar éste y otros temas, y se nos ha denegado sistemáticamente.

Tal como sosteníamos al principio de este comunicado, nuestra intención al exponer conjuntamente todos estos hechos ante vosotros, trabajadores de Ale-Hop, es trasladaros toda la información sobre la situación que padecemos con la empresa.

Es necesario conocer todos los detalles sobre los constantes incumplimientos laborales y abusos por parte de la empresa para entender la situación en la que nos encontramos, el trato que tiene Ale-Hop con nuestra sección sindical, así como el papel de los cargos intermedios y del comité de empresa en todo ello.

El asunto es grave y nuestra única opción pasa por organizarnos y exigir que se cumplan nuestros derechos laborales y que cese el constante ninguneo por parte de la empresa a los trabajadores y a nuestra sección sindical.

Barcelona, 15 de Octubre de 2021

Sección Sindical CNT Ale-Hop

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